¿Qué es la prima de servicios?
La prima de servicios es una prestación social obligatoria establecida en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. Equivale a 30 días de salario por año trabajado, pagados en dos cuotas iguales durante el año. Es independiente de las cesantías y las vacaciones, y la tiene todo trabajador con contrato laboral.
A diferencia de las cesantías (que se consignan en un fondo), la prima se paga directamente en la nómina del mes correspondiente.
¿Cuándo pagan la prima de servicios?
La prima se divide en dos pagos al año:
- Primer pago — antes del 30 de junio: cubre los días trabajados entre el 1 de enero y el 30 de junio
- Segundo pago — antes del 20 de diciembre: cubre los días trabajados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre
Fórmula para calcular la prima de servicios
El Salario Base incluye el auxilio de transporte si tu salario es igual o inferior a 2 SMLV ($3.501.810 en 2026). Lo mismo que aplica para cesantías. El total anual de prima equivale a 1 mes de salario base.
Ejemplos reales 2026
Salario mínimo — primer semestre completo (180 días)
Salario $3.000.000 — primer semestre completo
Salario $5.000.000 — 4 meses trabajados (120 días)
Tabla de prima por niveles de salario — semestre completo
| Salario bruto | Base prima | Prima por semestre | Prima total año |
|---|---|---|---|
| $1.750.905 (SMLV) | $2.000.000 | $1.000.000 | $2.000.000 |
| $2.500.000 | $2.749.095* | $1.374.547 | $2.749.094 |
| $3.000.000 | $3.000.000 | $1.500.000 | $3.000.000 |
| $5.000.000 | $5.000.000 | $2.500.000 | $5.000.000 |
| $10.000.000 | $10.000.000 | $5.000.000 | $10.000.000 |
*$2.500.000 ≤ 2 SMLV ($3.501.810), entonces incluye auxilio. Cálculo para 180 días.
¿Quiénes tienen derecho a la prima de servicios?
Tienen derecho a la prima todos los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo (término fijo, indefinido, de obra o labor). Esto incluye:
- Empleados de empresas privadas
- Trabajadores del servicio doméstico (desde la Ley 1788 de 2016)
- Empleados en período de prueba
- Trabajadores a tiempo parcial (proporcional a las horas trabajadas)
NO tienen derecho a prima de servicios: trabajadores independientes con contratos de prestación de servicios (honorarios), socios de sociedades, ni practicantes con contrato de aprendizaje.
¿Qué pasa si el empleador no paga la prima a tiempo?
Si el empleador no paga la prima antes del 30 de junio o del 20 de diciembre, el trabajador puede reclamar ante el Inspector de Trabajo del Ministerio de Trabajo. El empleador queda en mora y puede ser sancionado. Adicionalmente, si el contrato termina sin que se haya pagado la prima proporcional, debe incluirse en la liquidación final.
Calcula tu prima de servicios exacta
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